Responsabilidades
del Paciente
1. Suministrar, con la mayor exactitud
posible, información precisa y completa acerca de las
molestias actuales, enfermedades pasadas, hospitalizaciones,
medicamentos y otros asuntos relacionados con la salud del
paciente. El paciente tiene la responsabilidad de informar al
médico a cargo de su caso, cualquier cambio inesperado en su
condición.
2. Realizar preguntas cuando no comprenda lo
que se le ha orientado acerca de su atención o lo que
está supuesto a hacer.
3. Seguir el plan de tratamiento elaborado con
el médico. El paciente debe expresar cualquier inquietud que
tenga acerca de su capacidad para cumplir con el método de
tratamiento propuesto.
4. Aceptar las consecuencias de incumplir con
el método de tratamiento recomendado o de utilizar otros
tratamientos.
5. Aceptar los resultados de rechazar un
tratamiento o incumplir con las orientaciones del
médico.
6. Cumplir con las normas y reglamentos del
hospital en relación con la atención y conducta del
paciente.
7. Informar al médico a cargo de su caso
sobre los riesgos que perciba en relación con su atención
y los cambios inesperados en su condición.
Para obtener
información adicional sobre los Derechos del Paciente, usted
puede contactar:
Oficina de Derechos del Paciente: (800)
254-5166
Departamento de Servicios Humanos: (800)
495-3232
Derechos del
Paciente:
1. Contar con acceso justo a la atención.
2. Recibir atención amable y respetuosa
de sus valores y creencias personales.
3. Estar informado y participar de las
decisiones relacionadas con su atención.
4. Participar en los asuntos éticos que
surjan en el transcurso de su atención, incluyendo
resolución de conflictos, restricción de servicios de
resucitación, restricción o rechazo de tratamiento para
mantener la vida y participación en estudios de
investigación o ensayos clínicos.
5. Gozar de protección y seguridad
personal, así como también de confidencialidad de la
información.
6. Designar a una persona que tome las
decisiones, en caso de que el paciente no esté en capacidad de
comprender un tratamiento o procedimiento propuesto o de comunicar
sus deseos en relación con la atención.
7. Contar con acceso a servicios de
protección.
8. Contar con una valoración y manejo
adecuados del dolor.
9. Participar en la elaboración y la
implementación de su plan de
atención.
10. Tomar decisiones informadas en
relación con su atención. Esto incluye estar informado de
su condición de salud, estar involucrado en la
planificación de la atención y el tratamiento y estar en
capacidad de solicitar o rechazar un tratamiento. Este derecho
excluye la facultad de demandar el suministro de tratamiento o
servicios considerados innecesarios o inadecuados desde el punto de
vista médico.
11. Elaborar instrucciones previas del
paciente (sólo para pacientes internos) y hacer que el
personal del hospital y los médicos a cargo de la
atención, cumplan con ellas.
12. Contar con que un miembro o representante
de la familia elegido por usted y su propio médico, sean
notificados con prontitud de su admisión en el hospital.
13. Gozar de privacidad personal. Este derecho
excluye el de contar con una habitación privada.
14. Recibir atención en un entorno
seguro.
15. Estar libre de todas las formas de abuso y
acoso.
16. Gozar de confidencialidad respecto de su
expediente.
17. Contar con acceso a la información
contenida en su expediente, dentro de un período de tiempo
razonable.
18. Estar libre de cualquier forma de
restricción y/o aislamiento que desde el punto de vista
médico sean innecesarios o que sean utilizados como un medio
de coerción, disciplina, conveniencia o represalia por parte
del personal.
19. Ejercer estos derechos sin distingo de
sexo, situación económica, educación, raza, color,
religión, ancestros, país de origen, orientación
sexual, estado civil o fuente de pago de la atención.
20. Recibir una atención amable y
respetuosa.
21. Conocer el nombre del médico que
tiene la responsabilidad principal de coordinar la atención y
los nombres y asociaciones profesionales de los otros médicos
y personal no médico que atenderán al paciente.
22. Recibir, en lenguaje comprensible,
información acerca de la enfermedad, el método de
tratamiento y las perspectivas de recuperación.
23. Recibir toda la información necesaria
sobre cualquier tratamiento o procedimiento propuesto, a fin de
emitir un consentimiento informado o rechazar este método de
tratamiento. Exceptuando el caso de las emergencias, esta
información debe incluir una descripción del
procedimiento o tratamiento, los riesgos médicamente
importantes asociados a este tratamiento, los métodos
alternativos de tratamiento o no tratamiento y los riesgos que cada
uno representa, además de incluir el nombre de la persona a
cargo del procedimiento o tratamiento.
24. Participar activamente en las decisiones
relativas a la atención médica. Hasta donde la ley lo
permita, esto incluye el derecho a rechazar un tratamiento.
25. Gozar del manejo confidencial de las
comunicaciones y registros relativos a la atención y la
estadía en el hospital. Deberá obtenerse
autorización por escrito antes de que los expedientes se
puedan poner a disposición de cualquier persona que no
esté directamente involucrada con la atención.
26. Obtener respuestas lógicas a
cualquier solicitud razonable de servicio.
27. Abandonar el hospital, incluso
desobedeciendo la recomendación de los médicos.
28. Gozar de continuidad de la atención y
conocer de antemano la hora y el lugar de la cita, así como
también la identidad de las personas a cargo de la
atención.
29. Estar informado si el hospital/médico
personal propone la incorporación en o la realización de
un experimento con humanos que afecte la atención o
tratamiento. El paciente tiene el derecho de rehusarse a participar
en este tipo de proyectos de investigación.
30. Estar informado de los requisitos para la
continuidad de la atención, después del alta
hospitalaria.
31. Revisar la factura y recibir
explicación sobre la misma, independientemente de la fuente de
financiamiento.
32. Conocer cuáles normas y
políticas del hospital se aplican a la conducta del paciente
mientras se encuentra hospitalizado.
33. Contar con que todos los derechos del
paciente sean extensivos a la persona que tendrá la
responsabilidad legal de tomar, en nombre del paciente, las
decisiones correspondientes a su atención.
34. Designar a los visitantes de su elección. Si el
paciente está en capacidad de tomar decisiones,
independientemente de si el visitante tiene o no relación
consanguínea o por afinidad, a menos que:
- No estén permitidas las visitas
- La institución razonablemente
determine que la presencia de un visitante en particular
podría poner en peligro la salud o seguridad del paciente,
la de un miembro del personal o la de otros visitantes o
alteraría de manera significativa las actividades de la
institución
- El paciente haya indicado al personal de la
institución de salud que no desea que esa persona le visite
más
35. Contar con que sus deseos sean
considerados para efectos de determinar quién puede visitarle,
si el paciente no está en capacidad de tomar decisiones y
contar con que el mecanismo de esta consideración se incluya
en las políticas de visitas del hospital. Por lo menos,
el hospital debe incluir a las personas que viven en el hogar.
36. Esta sección no debe interpretarse
como una prohibición para que, de lo contrario, la
institución de salud establezca restricciones razonables
respecto de las visitas, incluyendo las relativas al horario de
visitas y al número de visitantes.