Las instrucciones previas son su derecho para
tomar decisiones sobre tratamiento médico y cómo puede
hacer un plan para recibir atención médica, si en el
futuro se encuentra impedido para hablar por sí mismo. Una ley
federal nos exige suministrarle esta información. Asimismo,
puede descargar una copia de nuestro folleto acerca de las
Instrucciones previas.
Esperamos que esta información le brinde
a usted mayor control sobre su atención médica. Puede
descargar, o solicitar, nuestro folleto sobre las instrucciones
previas para responder a preguntas como:
- ¿Quién decide sobre mi tratamiento?
- ¿Cómo puedo saber lo que deseo?
- ¿Pueden otras personas ayudarme con mis decisiones?
- ¿Qué ocurre si estoy muy enfermo para tomar mis
propias decisiones?
- ¿Puedo elegir a un familiar o amigo para que tome
decisiones sobre mi atención médica?
- ¿Tengo que esperar hasta estar enfermo para expresar mis
deseos sobre atención médica?
- ¿Quién puede elaborar un documento de instrucciones
previas del paciente?
- ¿A quién puedo nombrar como mi representante?
- ¿Cuándo comienza mi representante a tomar
decisiones médicas por mí?
- ¿Cuándo sabe mi representante lo que puedo
desear?
- ¿Qué ocurre si no quiero designar a un
representante?
- ¿Qué ocurre si cambio de parecer?
- ¿Qué ocurre cuando alguien más toma decisiones
sobre mi tratamiento?
- ¿Seré atendido aun si no elaboro un documento de
instrucciones previas para la atención médica del
paciente?
Usted puede obtener mayor información
sobre la elaboración de instrucciones previas
solicitándole a su médico, enfermera, trabajador social o
proveedor de servicios médicos que obtenga más
información para usted. Puede auxiliarse de un abogado
para que redacte por usted las instrucciones previas o puede llenar
un documento de instrucciones previas completando los espacios en
blanco de un formulario.
Infórmese por
anticipado sobre sus opciones
Por lo general, los pacientes tienen la
capacidad de tomar decisiones informadas y deliberadas sobre su
propio tratamiento. Estas opciones pueden ser expresadas por
anticipado, antes de que usted deje de estar en condiciones de
expresar sus deseos a causa del avance de una enfermedad u otros
problemas imprevistos.
En California existen tres documentos
disponibles sobre instrucciones previas para expresar esas
opciones: Son los siguientes:
1. Instrucciones previas para la
atención médica del paciente: Este documento establece
sus deseos y le permite designar a una persona para que tome las
decisiones sobre la atención médica en situaciones en las
que usted ya no pueda tomarlas. Este documento es vinculante desde
el punto de vista legal, tanto para la persona designada en calidad
de Apoderado como para su médico.
2. Declaración sobre el derecho a una
muerte natural: Este documento le permite establecer los criterios
generales sobre hasta dónde debe llegar su atención
médica. Puede ser utilizada en caso de que usted esté no
pueda de tomar decisiones. Este documento, parte de la Ley de
Muerte Natural de California, ordena a los médicos no
continuar con el tratamiento. Es vinculante para su
médico.
3. Declaración de última
voluntad: Este documento le permite establecer los criterios
generales sobre hasta dónde debe llegar su atención
médica y puede ser utilizado cuando usted ya no pueda tomar
decisiones. Este documento es considerado una expresión de sus
elecciones; sin embargo, no es un documento vinculante en el estado
de California. Comuníquese con su capellán,
administrador de caso, planificador de su alta hospitalaria o
trabajador social para conocer dónde puede solicitar este
formulario.
Inquietudes y
preguntas éticas
Los conflictos que pueden surgir relacionados
con la toma de decisiones sobre la atención médica y
tratamiento son remitidos a la Comisión de Ética o
Bioética. Por favor informe a su médico, enfermera,
administrador de caso o al representante de las relaciones con el
paciente, para iniciar el proceso.